El sistema Tributario
Concepto:
El sistema tributario es la
organización legal, administrativa y técnica que crea el Estado con el fin de
ejercer de forma eficaz y objetiva el poder tributario.
Los tributos son obligaciones
dinerarias impuestas unilateralmente y exigidas por la administración pública a
partir de una ley, cuyo importe se destina a solventar el gasto público. Por lo tanto, es una prestación
patrimonial de carácter público que se exige a los particulares.
Un tributo es:
- Coactivo: se impone de forma unilateral aunque de acuerdo a los
principios constitucionales.
- Pecuniario: la obligación tributaria en los países capitalistas siempre
se concreta en forma de dinero.
- Contributivo: el tributo se destina a la satisfacción de las necesidades sociales.
TRIBUTOS: DIFERENCIAS
El sistema Tributario
Concepto:
El sistema tributario es la
organización legal, administrativa y técnica que crea el Estado con el fin de
ejercer de forma eficaz y objetiva el poder tributario.
Los tributos son obligaciones
dinerarias impuestas unilateralmente y exigidas por la administración pública a
partir de una ley, cuyo importe se destina a solventar el gasto público. Por lo tanto, es una prestación
patrimonial de carácter público que se exige a los particulares.
Se pueden establecer
tres grandes categorías de tributos: La contribución especial, la tasa y el
impuesto; y las diferencias se redactaran en la presentación del siguiente PIXTON:
Elementos de la obligación tributaria
La obligación tributaria es una relación jurídica en la que un contribuyente está obligado con el Estado, al pago de sumas de dinero de carácter obligatorio por la realización de alguna actividad que el Estado considera está gravada; dicha obligación está compuesta por cinco elementos:
- Sujeto Activo: es el ente que cuenta con la facultad de establecer la obligación tributaria, exigir el pago a los contribuyentes y además es quien tiene la titularidad para administrar los recursos recaudados. En el caso colombiano el sujeto Activo es el Estado.
- Sujeto Pasivo: son todas aquellas personas naturales o jurídicas obligadas al pago de tributos a favor del sujeto activo. El sujeto pasivo se obliga también al cumplimiento de obligaciones formales y accesorias (obligaciones secundarias encaminadas al cumplimiento de las obligaciones primarias) que han sido previamente definidas por el derecho tributario.
- Hecho Gravado o Hecho Generador: son las diferentes conductas humanas, que de acuerdo a lo establecido por la Ley, dan nacimiento a la obligación de pagar un tributo. Es importante mencionar que las normas que califiquen una actividad como gravable, deben ser realizadas de manera general, abstracta e impersonal, con destino a toda la población del territorio colombiano y con condiciones claras según sea el caso.
- Base Gravable: es el valor sobre el cual se aplica la tarifa del impuesto.
- Tarifa: Es el porcentaje establecido en la ley que aplicado a la base gravable determina la cuantía del tributo.
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